Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN EXHORTO A FAVOR DE LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES
6 de Abril 2011

APRUEBAN EXHORTO A FAVOR DE LA PROTECCIÓN DE LOS MENORES

Monterrey, 6 de Abril 2011
A fin de sumarse en la implementación de la Cédula de Identidad en el Estado de Nuevo León, Diputados Locales aprobaron exhortar al Titular de la Secretaría General de Gobierno, para que dentro de su competencia apoye en lo conducente al Ejecutivo Federal.

El punto de acuerdo fue promovido por el diputado Omar Orlando Pérez Ortega y turnado para su estudio y análisis a la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales, que preside el diputado Héctor García García.

Manifiesta el promovente, que se ha implementado en el país, la Cédula de Identidad, misma que contiene las medidas de seguridad indispensables para lograr la certeza en la identidad de nuestra población, como son las diez huellas dactilares, la clave única del registro de población (CURP) y el registro del iris de los ojos.

Dicha cédula proveerá de un sistema de identidad único, la cual además de ser un documento de identificación oficial gratuito, también contará con elementos suficientes que lo hacen infalsificable, señalando quiénes son los padres o tutores de dicha persona, ofreciendo de este modo y garantía de identidad a aquéllos menores de 18 años de edad.

Este punto de acuerdo fue presentado ante el Pleno del Congreso por el diputado Héctor Morales, quien mencionó que esta cédula de identidad, constituye una identificación oficial reconocida en todo el territorio nacional y por las autoridades mexicanas en el extranjero.

Además que servirá no sólo como medio de identificación, sino como instrumento en el combate a determinados delitos cometidos en perjuicio de la niñez y de fomento a su desarrollo.

Algunos de los beneficios que se tendrán con esta cédula son:
-    Los menores contarán con un documento que acredite fehacientemente su identidad.

-    El titular podrá verificar de manera electrónica su identidad para acceso a trámites o servicios educativos, de salud, cultura o recreativos.

-    Se podrán combatir delitos cometidos contra menores, como trata de personas o suplantación de identidad.

La fracción II del artículo 20 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Nuevo León, otorga a la Secretaría General de Gobierno, la siguiente atribución:

"II.- Conducir y coordinar las relaciones del Ejecutivo con el gobierno Federal, con los otros poderes del Estado, con los ayuntamientos de la Entidad y los agentes consulares, en lo relativo a su competencia".

"Consideramos que habrá de remitirse el presente acuerdo al Titular de la Secretaría General de Gobierno, a fin de que en el momento en que corresponda y previa autorización del Ejecutivo del Estado, apoye en la esfera de su competencia, al Ejecutivo Federal para lograr la implementación de la cédula de identidad en el Estado de Nuevo León" mencionó el Morales Rivera.

"La cual ayudará a contar con un documento que acredite la identidad de un menor de edad, ofreciendo de este modo, seguridad y garantía de identidad a aquéllos menores de 18 años" concluyó.

A fin de sumarse a favor de este exhorto hablaron los diputados Héctor García García, Jovita Morín Flores y Homar Almaguer Salazar.