Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBA COMISIÓN DE JUSTICIA SANCIONES POR LLAMADAS FALSAS A INSTITUCIONES DE SEGURIDAD Y CUERPOS DE AUXILIO
29 de Abril 2013

APRUEBA COMISIÓN DE JUSTICIA SANCIONES POR LLAMADAS FALSAS A INSTITUCIONES DE SEGURIDAD Y CUERPOS DE AUXILIO

Monterrey, 29 de Abril 2013
Los integrantes de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública aprobaron por unanimidad reformas al Código Penal para sancionar las llamadas falsas que se realicen a cualquier institución de seguridad pública y cuerpos de emergencia. 
 
Los Diputados avalaron las modificaciones a los artículos 249 y 250 del Código Penal para que se imponga de 1 a 8 años de prisión y multa de 500 a mil cuotas a quien proporcione información falsa a cualquier corporación de seguridad pública y en caso de reincidencia se duplicará la multa. 
 
Así como también al dueño del medio de comunicación o electrónico por el que se realice una llamada falsa a instituciones de seguridad pública. 
 
"Hacemos corresponsable a quien permite o facilite su equipo de aparato de comunicación a  sabiendas de esta circunstancia, es decir, ahora estamos pidiéndole al propietario del medio de comunicación o aparato electrónico que tenga un buen uso de ellos y que sepa que finalidad se le da a su utilización", explicó Francisco Cienfuegos Martínez, presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública. 
 
Añadió que con esta reforma al Código Penal el Congreso se suma a la campaña que mantiene el C5 para evitar llamadas falsas a instituciones de seguridad y emergencia; que representan el 30 por ciento de las solicitudes de apoyo que reciben vía telefónica. 
 
También los Legisladores aprobaron por unanimidad reformas a los artículos 280, 280 bis y 283 del Código Penal para sancionar al cónyuge que simule no poder cumplir con el pago de obligaciones alimentarias de sus hijos. 
 
Para este delito se  impondrán sanciones de 1 a 6 años de prisión y multa de 180 a 360 cuotas, así como la pérdida del derecho de la patria potestad hacia los hijos y el pago de la cantidad no suministrada de la pensión alimenticia. 
 
"Se da muy común que cuando una persona se divorcia lo que hace es que pide en el trabajo que le paguen menos para decir que no le alcanza y no puede pagar, pero esto es una simulación y buscar sacar la vuelta a sus obligaciones. 
 
 "El interés del menor aquí es lo más importante y que se siga dando la atención a los menores. Ahora procede que se pueda investigar y se pueda sancionar", indicó el vicepresidente de la Comisión, Luis David Ortiz Salinas.