Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
EXPIDE CONGRESO LEY PARA REGULAR A INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PARA ADULTOS MAYORES
11 de Febrero 2015

EXPIDE CONGRESO LEY PARA REGULAR A INSTITUCIONES DE ASISTENCIA PARA ADULTOS MAYORES

Monterrey, 11 de Febrero 2015
Para garantizar los derechos y una mejor calidad de vida de los adultos mayores internados en asilos, el Pleno del Congreso del Estado aprobó la Ley de Instituciones Asistenciales Públicas y Privadas para las Personas Adultas Mayores en el Estado.
La iniciativa, aprobada por unanimidad y promovida por el diputado Gerardo García Elizondo, forma parte de los temas prioritarios aprobados por el Pleno legislativo dentro de la Agenda Mínima del Período de Sesiones.
La ley tiene por objeto regular el funcionamiento de las instituciones asistenciales, públicas o privadas, que proporcionen servicio permanente o temporal de estancia a las personas adultas mayores.
También señala las instancias gubernamentales a las que les corresponde aplicar la nueva regulación como el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), la Secretaría de Desarrollo Social, la Secretaría de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia, entre otras.
Dentro del cuerpo de la normativa se establecen las atribuciones de cada autoridad, las obligaciones de las instituciones asistenciales y los requisitos que deben cumplir estas últimas para contar con el "Aviso de Funcionamiento" indispensable para que puedan operar.
Otro aspecto que regula la nueva Ley es lo referente a las instalaciones de las instituciones de asistencia, pues deben contar con los servicios indispensables y les obliga a someterse a inspecciones de la Dirección de Protección Civil del Estado para obtener el visto bueno.
Así mismo establece las obligaciones y requisitos del personal de estas instituciones, para que puedan brindar un servicio profesional a los usuarios.
Un tema contemplado en la Ley es el de los derechos y obligaciones de los familiares de las personas adultas mayores, dentro del cual se establece que en caso de abandono "por más de 90 días el representante legal de la institución asistencial, deberá denunciar los hechos ante el Ministerio Público, dando vista de inmediato a la Procuraduría del Adulto Mayor".
En su última parte, la Ley trata lo relacionado a la vigilancia de las instituciones y establece el procedimiento de inspección de las mismas, así como otro apartado sobre sanciones en el que establece de forma general las sanciones, procedimientos y medios de impugnación para las partes que incumplan con la presente Ley.
El proyecto de decreto fue presentado por las diputadas Rebeca Clouthier Carrillo y Celina del Carmen Hernández Garza, mientras que los legisladores Gerardo García Elizondo y Guadalupe Rodríguez Martínez intervinieron a favor de la aprobación del mismo.
Gerardo García Elizondo explicó que muchos de los adultos mayores por diversas situaciones familiares son llevados a instituciones públicas o privadas para su cuidado.
"En ocasiones sufren maltrato físico, psicológico, económico, patrimonial, sexual o de negligencia siendo éste el principal motivo por el que se realizó este proyecto", dijo García Elizondo.
"Es importante recalcar que dentro de la ley se obliga a las instituciones a contar con las instalaciones y el personal adecuado para garantizar la seguridad integral de los adultos mayores".
El legislador destacó que después de las diversas mesas de trabajo, celebradas por la Comisión de Desarrollo Social y Derechos Humanos, resulta pertinente contar con un ordenamiento que regule el funcionamiento de las instituciones asistenciales públicas y privadas.
"Nos congratula fortalecer el marco jurídico para que estas vulnerabilidades sean atendidas con la aprobación de esta iniciativa y de esta forma beneficie el nivel de vida de los derechos humanos de las personas adultas mayores", señaló García Elizondo.