Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
REDUCIR EL TIEMPO PARA DECLARAR PRESUNCIÓN DE MUERTE
7 de Diciembre 2016

REDUCIR EL TIEMPO PARA DECLARAR PRESUNCIÓN DE MUERTE

Monterrey, 7 de Diciembre 2016

Con el fin de reducir a dos meses el tiempo en que las autoridades puedan declarar la presunción de muerte de una persona, el diputado Marcos Mendoza Vázquez presentó iniciativa de reforma al Código Civil.


Al hacer uso de la tribuna, el Legislador Marcos Mendoza Vázquez solicitó que se declare presunción de muerte cuando la desaparición sea consecuencia de incendio, explosión, terremoto, ciclón, huracán, inundación o catástrofe en medios de transporte público o privado aéreo, terrestre o marítimo y exista fundada presunción de que el desaparecido se encontraba en lugar del siniestro o catástrofe, bastará en el trascurso de 2 meses, contados a partir del trágico acontecimiento.


"Para que el juez declare presunción de muerte sin que en esos casos sea necesario que previamente se declare su ausencia, pero si se tomaran las medidas provisionales autorizadas por el Capítulo I de ese título. En estos casos, el Juez acordará la publicación de la solicitud de la declaración de presunción de muerte, hasta por 2 veces durante el procedimiento, que en ningún caso excederá de 15 días", expresó Mendoza Vázquez.


"Las reglas previstas en este apartado también serán aplicables cuando la ausencia sea consecuencia de un hecho relacionado con la privación ilegal de la libertad, en su modalidad de secuestro o desaparición forzada de personas, en ambos casos el término para decretar la presunción de muerte será de 2 meses a partir de que se haya denunciado ante la Autoridad competente el acto ilícito correspondiente".


Actualmente se declara presunción de muerte a los seis meses.


El diputado Héctor García García, se suscribió a la iniciativa de reforma por modificación al artículo 705 del Código Civil que se turnó a la Comisión de Legislación.