Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
EVITARAN DEJAR ENCARGADOS DE DESPACHO SIN NOMBRAMIENTOS
14 de Mayo 2019

EVITARAN DEJAR ENCARGADOS DE DESPACHO SIN NOMBRAMIENTOS

Monterrey, 14 de Mayo 2019

Los Legisladores de la Septuagésima Quinta Legislatura aprobaron por unanimidad la reforma a la fracción XXIV del artículo 85 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, así como la adición de un segundo párrafo a las fracciones VIII y XIII, apartado A del Artículo 35 y un último párrafo del Artículo 63 de la Ley de Gobierno Municipal del Estado de Nuevo León.

El Diputado Luis Donaldo Colosio presentó el dictamen de la iniciativa que contempla se de en un tiempo definido con la finalidad que los Titulares de los Organismos realicen sus funciones en apego y estricto derecho que marca el ordenamiento que rige la materia con la intención de dar certeza jurídica que requiere la investidura de dicho puesto y evitar como pasa actualmente dejar encargados de despacho sin el procedimiento que debe revestir dicho nombramiento.

Quedando de la siguiente manera:

ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma por adición de un segundo y tercer párrafo a la fracción XXIV del artículo 85 de la Constitución Política del estado Libre y Soberano de Nuevo León, para quedar como sigue:

Artículo 85.- Al Ejecutivo corresponde:

I al XXIII ...

XXIV...

En el caso de ausencias mayores a quince días hábiles sin causa justificada de los Titulares de los cargos anteriores se deberá de realizar la propuesta por parte del Titular del Poder Ejecutivo al Congreso del Estado dentro del término de noventa días naturales.

En caso de no cumplirse las disposiciones antes mencionadas, los actos emanados de quien realiza las funciones, cualquiera que sea su denominación, serán inexistentes.