Gobierno del Estado de Nuevo León

Actas en Sesiones

Núm. 346 Sesión Extraordinaria de la LXXII Legislatura, dentro del Receso del Segundo Período Ordinario de Sesiones, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional.

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Núm. 346 Sesión Extraordinaria de la LXXII Legislatura, dentro del Receso del Segundo Período Ordinario de Sesiones, del Tercer Año de Ejercicio Constitucional.


ACTA NÚM. 346 DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA H. SEPTUAGÉSIMA SEGUNDA LEGISLATURA AL CONGRESO DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, CELEBRADA EL 7 DE JULIO DE 2012, DENTRO DEL RECESO DEL SEGUNDO PERIODO ORDINARIO DE SESIONES, CORRESPONDIENTE AL TERCER AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL.

PRESIDENCIA DEL C. DIP.
JORGE SANTIAGO ALANÍS ALMAGUER

EN LA CIUDAD DE MONTERREY, CAPITAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, SIENDO LAS ONCE HORAS CON TREINTA Y UN MINUTOS DEL DÍA SIETE DE JULIO DE DOS MIL DOCE, CON LA ASISTENCIA DE 33 DIPUTADOS, EL PRESIDENTE EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 36 Y 38 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, EFECTUÓ LA DECLARATORIA DE APERTURA CORRESPONDIENTE AL PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES.- ELABORÁNDOSE EL DECRETO CORRESPONDIENTE.

EL PRESIDENTE SEÑALÓ QUE DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 52 Y 57 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO Y ARTICULO 20 DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL CONGRESO, LA DIRECTIVA QUE FUNGIRÁ EN ESTE PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES ES LA QUE FUE ELECTA MEDIANTE DECRETO NUMERO 236, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL EL PRIMERO DE SEPTIEMBRE DE 2011, PARA QUE QUEDE ESTABLECIDO EN EL ACTA Y DARLE LEGALIDAD A LOS ACTOS DE ESTE PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES.

SE DIO LECTURA A LA CONVOCATORIA DE APERTURA DEL PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES, EN LOS TÉRMINOS DEL ART. 66 FRACCIÓN IV DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN Y 88 DEL REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO DEL ESTADO, SEÑALÁNDOSE QUE EL PLENO CONOCERÁ, Y RESOLVERÁ SOBRE EL OFICIO NÚMERO 2692-III, RELATIVO A LA NOTIFICACIÓN A ESTE CONGRESO, MEDIANTE EL CUAL SE REQUIERE DAR CUMPLIMIENTO DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 139/2012, EN EL IMPRORROGABLE TÉRMINO DE 24 HORAS A LO ORDENADO EN EL AUTO DE FECHA 5 DE JULIO DE 2012, Y DERIVADO DE LA EJECUTORIA EMITIDA POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, DENTRO DEL INCIDENTE EN REVISIÓN 182/2012.

A CONTINUACIÓN, SE DIO LECTURA AL ORDEN DEL DÍA, EL CUAL FUE APROBADO EN LA SESIÓN ANTERIOR. ASIMISMO, SE DIO LECTURA AL ACTA DE LA SESIÓN CORRESPONDIENTE, LA CUAL FUE APROBADA POR UNANIMIDAD DE LOS PRESENTES.

ACTO SEGUIDO, EL C. PRESIDENTE SOLICITÓ AL DIPUTADO SECRETARIO DIERA LECTURA AL OFICIO NÚMERO 2692-III, PARA QUE EL PLENO DE ESTA LXXII LEGISLATURA TENGA CONOCIMIENTO DEL MISMO, RELATIVO A LA NOTIFICACIÓN A ESTE CONGRESO DEL ESTADO MEDIANTE EL CUAL SE REQUIERE DAR CUMPLIMIENTO DENTRO DEL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO 139/2012, EN EL IMPRORROGABLE TÉRMINO DE 24 HORAS A LO ORDENADO EN EL AUTO DE FECHA 5 DE JULIO DE 2012, Y DERIVADO DE LA EJECUTORIA EMITIDA POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, DENTRO DEL INCIDENTE EN REVISIÓN 182/2012,

TERMINADA LA LECTURA DEL ASUNTO, EL PRESIDENTE SEÑALÓ QUE PARA EL EFECTO DE DARLE RESPUESTA AL DOCUMENTO LEÍDO CON ANTERIORIDAD POR EL C. SECRETARIO DE LA DIRECTIVA, ESTE ASUNTO POR LA IMPORTANCIA Y CONSECUENCIAS LEGALES DEBERÁ SER ANALIZADO Y DISCUTIDO, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN LOS ARTÍCULOS 17, 103 Y 107 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, QUE PRECISA QUE LA SENTENCIA DICTADA EN UN JUICIO DE AMPARO SE DEBE DE ACATAR Y NO INTERPRETAR, ADEMÁS DEL REQUERIMIENTO QUE EXISTE DE LA AUTORIDAD FEDERAL PARA QUE EN EL IMPRORROGABLE TÉRMINO DE 24 HORAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 105 DE LA LEY DE AMPARO SE DÉ CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA QUE NOS HA SIDO NOTIFICADA. INTERVINO EL DIP. TOMÁS ROBERTO MONTOYA DÍAZ, PRESENTANDO PROYECTO DE ACUERDO QUE EN SU PARTE RESOLUTIVA ESTABLECE: "EN CUMPLIMIENTO A LO ORDENADO POR EL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO DENTRO DEL AMPARO EN REVISIÓN NÚMERO 182/2012, SE DEJAN SIN EFECTOS LOS ACUERDOS LEGISLATIVOS NÚMEROS 354 Y 355 DE FECHA TRES DE MAYO DE 2012, MEDIANTE LOS CUALES SE DESIGNA COMO PRESIDENTE MUNICIPAL SUSTITUTO DE LA CIUDAD DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, AL C. JAIME ANTONIO BAZALDÚA ROBLEDO, EN AUSENCIA DEL C. FERNANDO ALEJANDRO LARRAZABAL BRETÓN. ASI MISMO, NOTIFÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL REPUBLICANO AYUNTAMIENTO DE MONTERREY, NUEVO LEÓN, PARA SU CONOCIMIENTO Y EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. DE IGUAL MANERA, COMUNÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO AL C. JUEZ TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL ESTADO DE NUEVO LEÓN, ASÍ COMO AL PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO PARA LOS EFECTOS LEGALES A QUE HAYA LUGAR. ASÍ MISMO, PUBLÍQUESE EL PRESENTE ACUERDO EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN. TRANSITORIO: EL PRESENTE ACUERDO SURTIRÁ SUS EFECTOS AL MOMENTO DE SU APROBACIÓN". INTERVINO A FAVOR DEL ACUERDO EL DIP. FRANCISCO JAVIER BUSTILLOS SOTO, SOLICITANDO QUE QUEDE ESTABLECIDO, QUE AL MOMENTO EN QUE ESTA LEGISLATURA ESTÁ DANDO CUMPLIMIENTO A LA EJECUTORIA O A LA RESOLUCIÓN QUE LES ORDENA EL PODER JUDICIAL FEDERAL, EL ALCALDE CON LICENCIA FERNANDO LARRAZABAL BRETÓN, TIENE UNA CONSTANCIA DE MAYORÍA Y VALIDEZ EXPEDIDA POR EL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL COMO DIPUTADO FEDERAL ELECTO. SOLICITANDO SE ANEXE A LA PRESENTE ACTA ESTA CONSTANCIA DE MAYORÍA. INTERVINO EL DIP. HÉCTOR HUMBERTO GUTIÉRREZ DE LA GARZA, SOLICITANDO QUE CUANDO SE NOTIFIQUE AL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN, SE ANEXE TAMBIÉN LA LISTA DE ASISTENCIA Y LA VOTACIÓN DE ESTE ASUNTO. EL PRESIDENTE INSTRUYÓ A LA OFICIALÍA MAYOR TOMAR NOTA DE LO SOLICITADO.- FUE APROBADO EL PUNTO DE ACUERDO POR UNANIMIDAD DE 32 VOTOS A FAVOR. EL PRESIDENTE INSTRUYÓ A LA OFICIALÍA MAYOR NOTIFICAR LO CORRESPONDIENTE.

A CONTINUACIÓN EL PRESIDENTE CLAUSURÓ EL PERÍODO EXTRAORDINARIO DE SESIONES, SIENDO LAS DOCE HORAS CON CINCUENTA Y DOS MINUTOS, VOLVIENDO A SUS FUNCIONES LA DIPUTACIÓN PERMANENTE.

EL TEXTO INTEGRO DE LAS INTERVENCIONES Y LOS DOCUMENTOS SE ANEXAN AL DIARIO DE DEBATES CORRESPONDIENTE A ESTA ACTA.- DAMOS FE:

C. PRESIDENTE:


DIP. JORGE SANTIAGO ALANÍS ALMAGUER


C. SECRETARIO: C. SECRETARIO:
Por M. de Ley


DIP. JESÚS RENÉ TIJERINA CANTÚ DIP. OSCAR ALBERTO CANTÚ GARCÍA


ACTA NÚM. 346-LXXII-12.P. EXT.
SÁBADO 7 DE JULIO DE 2012.