Gobierno del Estado de Nuevo León

Agenda Legislativa

Agenda Temática Mínima del Segundo Período de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional, de la LXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León

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Agenda Temática Mínima del Segundo Período de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional, de la LXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE NUEVO LEÓN, LXXII LEGISLATURA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONCEDE EL ARTÍCULO 63, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EXPIDE EL SIGUIENTE:

ACUERDO 
Número 96


Artículo Primero.- Se presenta la Agenda Temática Mínima del Segundo Período de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional, de la LXXII Legislatura al Congreso del Estado de Nuevo León, integrada por las propuestas de los Grupos Legislativos del Partido de la Revolución Democrática, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México, Nueva Alianza Partido Político Nacional, Partido Acción Nacional y Partido Revolucionario Institucional.

Artículo Segundo.- Se somete a consideración del Pleno de este Congreso, la Agenda Temática Mínima para el Segundo Período Ordinaria de Sesiones del Primer Año de Ejercicio Constitucional de la LXXII Legislatura, para quedar como sigue:


I. CREACIÓN DE NUEVAS LEYES:

Ley de Servicio Profesional de la Auditoría Superior del Estado.

Ley de Fiscalización Superior del Estado de Nuevo León. (Segunda vuelta)

Ley de Gobierno Municipal. (Segunda vuelta)

Ley de Participación Ciudadana. 


II. REFORMAS A ORDENAMIENTOS ESTATALES:

Reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo y Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso del Estado de Nuevo León.

Reformas en materia de seguridad, procuración e impartición de justicia.

Reformas en materia de Educación.

Reformas para el fomento a la inversión y al empleo.

III. ASUNTOS ORDINARIOS:

Revisión de Cuentas Públicas.

Continuar con el abatimiento del rezago legislativo.


IV. MESAS DE TRABAJO Y ANÁLISIS:

Reformas en materia Electoral.

Reformas en materia de Violencia familiar y protección a la mujer y menores.

Reformas en materia de protección de los derechos de las personas con discapacidad.

Reformas en materia de prevención y control de las adicciones.

T R A N S I T O R I O

Único.- El presente Acuerdo entrará en vigor al momento de su aprobación.


Por lo tanto envíese al Ejecutivo del Estado y publíquese en el Periódico Oficial del Estado.

Dado en el Salón de Sesiones del H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nuevo León, en Monterrey, su capital, a los nueve días del mes de abril de dos mil diez.


PRESIDENTE

DIP. SERGIO ALEJANDRO ALANÍS MARROQUÍN

DIP. SECRETARIA


DIP. SECRETARIA

MARIA DEL CARMEN PEÑA DORADO

BLANCA ESTHELA ARMENDARIZ RODRIGUEZ