Gobierno del Estado de Nuevo León

Comisiones

Comisión de Vigilancia

HCNL

Comisión de Vigilancia

Presidenta:

CECILIA SOFÍA ROBLEDO SUÁREZ

Vice-Presidente:

JOSE MANUEL VALDEZ SALAZAR

Secretaria:

CLAUDIA MAYELA CHAPA MARMOLEJO

Vocal:

MAURO GUERRA VILLARREAL

Vocal:

CARLOS ALBERTO DE LA FUENTE FLORES

Vocal:

TOMAS ROBERTO MONTOYA DÍAZ

Vocal:

ROCIO MAYBE MONTALVO ADAME

Vocal:

SANDRA ELIZABETH PAMANES ORTIZ

Vocal:

ANA MELISA PEÑA VILLAGOMEZ

Última actualización de Asuntos Turnados en Comisiones:
06/Diciembre/2024

Asuntos que le competen:

I. Ser el conducto de comunicación entre el Congreso y el Órgano;

II. Recibir del Congreso o, en su caso, de la Diputación Permanente su Cuenta Pública y el Informe de Avance de Gestión Financiera y turnarlos al Órgano;

III. Recibir el Informe de Resultado que presente el Órgano, emitir el dictamen correspondiente y turnarlo al Pleno del Congreso;

IV. Aprobar y evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas del programa operativo anual del Órgano, así como fiscalizar, por sí o a través de servicios de auditoría externos, la debida aplicación de los recursos a cargo de éste; planear, programar, ordenar y efectuar auditorías, inspecciones o visitas a las diversas unidades administrativas que integran el Órgano, cumpliendo con las formalidades legales;

V. Hacer públicos los documentos de comunicación entre el Órgano y la Comisión, una vez elaborado el finiquito de las cuentas publicas correspondientes;

VI. Citar al Auditor General para conocer en lo específico el informe del resultado de la revisión de la cuentas públicas;

VII. Presentar al Congreso las propuestas de los candidatos a ocupar el cargo de Auditor General, así como la solicitud de su remoción, en términos de lo dispuesto por esta Ley;

VIII. Contar con los servicios de apoyo técnico o asesoría que apruebe el Congreso de conformidad a las posibilidades presupuestales;

IX. Informar al Congreso de las denuncias o quejas presentadas contra los servidores públicos del Órgano; y

X. Las demás que le atribuyan expresamente las disposiciones legales y la normatividad interior del H. Congreso.