Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
APRUEBAN EN COMISIÓN REFORMAS A LA LEY AMBIENTAL DEL ESTADO
25 de Octubre 2010

APRUEBAN EN COMISIÓN REFORMAS A LA LEY AMBIENTAL DEL ESTADO

Monterrey, 25 de Octubre 2010

Durante la reunión de trabajo que sostuvo la Comisión de Medio Ambiente, fueron aprobadas diversas reformas a la Ley Ambiental del Estado de Nuevo León.

Se aprobó una reforma al artículo 43 a fin de establecer las restricciones a la incineración de residuos sólidos urbanos y de manejo especial en la entidad.

En la iniciativa que fue presentada por el diputado Juan Carlos Holguín Aguirre, apunta que la incineración es una de las tecnologías que generalmente se aplica para el tratamiento de residuos sólidos urbanos, industriales y hospitalarios, residuos que en su mayoría son peligrosos y tóxicos.

También se detalla el concepto de incineración como cualquier proceso para reducir el volumen y descomponer o cambiar la composición física, química o biológica de un residuo sólido, líquido o gaseoso, mediante oxidación térmica a fin de alcanzar los parámetros ambientales previamente establecidos.

Además, el promovente enfatiza que el contenido de la iniciativa tiene como objeto impedir el manejo inadecuado y perjudicial de los residuos, prohibiendo la incineración de los residuos sólidos urbanos y de manejo especial.

Fue votado por unanimidad por los integrantes de la Comisión.

APRUEBAN SANSIONES POR CONTAMINACIÓN AMBIENTAL

En la reunión también se realizó el análisis de un proyecto de decreto para modificar el artículo 9 de la Ley Ambiental del Estado.

En este escrito signado por los diputados integrantes del Grupo Legislativo del Partido Revolucionario Institucional, se subraya que uno de los principales tipos de contaminación en el aire al cual se le resta importancia es a la emisión del ruido.

Los promoventes aluden que en la reglamentación municipal, no se contempla una sanción fija que establezca el monto total para quienes incurran en este tipo de violaciones ambientales.

Los integrantes de esta comisión dictaminadora consideran pertinente aprobar la modificación propuesta a fin de que los reglamentos municipales establezcan las disposiciones tendientes a la observancia y debido cumplimiento de la realización de actividades ruidosas.

 

APRUEBAN ESTABLECER TRABAJO COMUNITARIO COMO INFRACCIÓN ADMINISTRATIVA

En esta misma sesión fue aprobado, por mayoría, establecer el trabajo comunitario como sanción aplicable por infracciones administrativas cometidas en materia ambiental.

El Decreto por el cual se pretende modificar el artículo 232 de la Ley Ambiental, cita que mediante las sanciones ambientales debe de procurarse, en la medida de lo posible, la restitución o reparación del daño causado, de modo que los efectos nocivos de la acción del infractor resulten minimizados, lo cual se convierte en el principal interés para el medio ambiente una vez que se ha producido el daño.

El diputado Juan Carlos Holguín Aguirre, promovente del decreto, afirma que el trabajo comunitario brinda una oportunidad de que el infractor observe con sus propios ojos los daños causados por su acción.

Además, los servicios de estas personas pueden ser un importante recurso para organizaciones gubernamentales y sin fines de lucro.

Este proyecto de Decreto, se aprobó a favor por mayoría de los integrantes.

En esta reunión estuvieron presentes los diputados Juan Carlos Holguín Aguirre, Víctor Pérez Díaz, Jovita Morín Flores, Hernán Belden Elizondo, Sonia González Quintana, Blanca Esthela Armendáriz Rodríguez, Humberto García Sosa, Héctor Morales Rivera y María de los Ángeles Herrera García.