Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
CREAN LEY DE EMERGENCIA POLICIAL PARA APOYAR A MUNICIPIOS
27 de Octubre 2010

CREAN LEY DE EMERGENCIA POLICIAL PARA APOYAR A MUNICIPIOS

Monterrey, 27 de Octubre 2010

El Congreso del Estado aprobó la nueva Ley de Emergencia Policial que reglamenta la facultad del titular del Poder Ejecutivo para asumir, temporalmente, la operatividad policiaca en uno o más municipios cuando se presenten situaciones extraordinarias por causas de fuerza mayor o alteración grave del orden público.

A nombre de las Comisiones Unidas de Justicia y Seguridad Pública y de Legislación y Puntos Constitucionales, el diputado Tomás Montoya Díaz presentó el dictamen a consideración del Pleno.

El legislador insistió en que la normativa no otorga nuevas atribuciones al Ejecutivo, sino que reglamenta la facultad que ya le confieren las Constituciones federal y local, para asumir el mando policiaco en los municipios, cuando por ejemplo, ocurran desastres naturales o se presente una crisis institucional.

"Deja claro que el ejercicio de esta prerrogativa sólo podrá ser iniciada por el Ejecutivo, siempre en condiciones de emergencia, nunca por fallas o insuficiencias estructurales y siempre con carácter estrictamente eventual y temporal", indica el dictamen.

Por su parte, el diputado César Garza Villarreal, presidente de la Comisión de Justicia y Seguridad Pública, explicó que al momento de emitir una declaratoria de emergencia, el Ejecutivo podrá hacerlo por oficio o por cualquier otro medio a los alcaldes o a los secretarios de los Ayuntamientos.

"Es una facultad del Gobernador que él podrá delegar en algún servidor público estatal para poder asumir el mando y dar órdenes a las corporaciones policiacas municipales", agregó.

Aclaró que una vez que sean superadas las causas que motivaron la declaratoria de emergencia, lo cual puede durar horas o días, la dirección, mando y estrategia policiaca deberán volver a la responsabilidad directa del presidente municipal.

Garza Villarreal precisó que la aplicación de esta Ley es para casos estrictamente temporales, ya que no tiene  el espíritu de subsanar fallas estructurales o administrativas de las corporaciones policiacas.

"No debe confundirse esta Ley con el esquema de "mando único", ya que los esfuerzos a nivel estatal y nacional son para que éste sea de carácter permanente, para atender insuficiencias de las policías, mientras que la Ley de Emergencia Policial sólo aplicará en casos estrictamente temporales, como pueden ser desastres naturales o en situaciones de alternaciones graves al estado de derecho", puntualizó.

Es importante señalar que, en su momento, la iniciativa se enriqueció con dos mesas de trabajo, en las que participaron, primero, expertos jurídicos del Tribunal Superior de Justicia, la Procuraduría de Justicia y del Instituto Estatal de Seguridad Pública; para después escuchar las opiniones y sugerencias de los presidentes municipales.