Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PROPONE CAMBIOS A LA LEY DE PROFESIONES
26 de Febrero 2018

PROPONE CAMBIOS A LA LEY DE PROFESIONES

Monterrey, 26 de Febrero 2018

Con el propósito incluir en el catálogo de profesiones, las carreras de reciente creación, en el apartado de Presentación de Iniciativas, el diputado Rubén González presentó modificaciones a la Ley de Profesiones del Estado de Nuevo León.

El diputado Rubén González expresó que la última reforma para regular las prácticas profesionales data del 22 de febrero del 2012.
Desde el tiempo de la publicación de la Ley, las profesiones se han desarrollado y multiplicado en una gran variedad de especialidades, modalidades y niveles académicos.

"Se excluyen profesiones surgidas en épocas recientes producto de las necesidades de un estado como Nuevo León destacadamente industrial pero también con características comerciales y de servicio".

"No se incluyen profesiones que requieren de un título para ejercerlas legalmente como Ingeniero en Industrias Alimentarias, Licenciado en Diseño Industrial, Licenciado en Danza Contemporánea, Licenciado en Artes Visuales, Licenciado en Biotecnología Genómica, Ingeniero Geólogo, Licenciado en Multimedia y Animación Digital, Ingeniero en Manejo de Recursos Naturales, Licenciado en Letras Hispánicas, Ingeniero en Mecatrónica, Ingeniero en Manufactura, Licenciado en Música y Licenciado en Ciencias de Ejercicio".

"De la misma manera, los avances tecnológicos darán lugar a nuevas profesiones, que el mencionado artículo nunca las podrá incluir", expresó el diputado González.

"Por ello, consideramos desafortunado que el artículo 5o de la Ley de Profesiones del Estado de Nuevo León, incluya un listado cerrado de profesiones que requieren título y cédula para ejercerlas, ya que algunas simplemente desaparecieron y otras surgen conforme los avances de la ciencia".

"La Secretaría de Educación Pública del Estado, por conducto de la autoridad competente, determinará las profesiones que requieran de título y cédula para su ejercicio".

"Para ejercer en el Estado, cualquiera de las profesiones comprendidas en el Artículo 5o. de esta Ley".

La propuesta fue canalizada para su estudio y dictamen a la Comisión de Educación, Cultura y Deporte será la encargada de estudiar la iniciativa.