Gobierno del Estado de Nuevo León
Foto: H. Congreso del Estado de Nuevo León
PRECISAN FORMATO DE INFORME DE ACTIVIDADES DEL EJECUTIVO
5 de Mayo 2020

PRECISAN FORMATO DE INFORME DE ACTIVIDADES DEL EJECUTIVO

Monterrey, 5 de Mayo 2020

Con el fin de evitar la discrecionalidad en el formato de presentación de los informes de gobierno, el Diputado Jorge de León presentó un dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales para modificar por adición, el artículo 57 de la Constitución Política del Estado.

Con esta propuesta de reforma al mencionado artículo constitucional, se establece con claridad, que el Gobernador del Estado asistirá invariablemente al Congreso del Estado, adicionalmente se contempla que, en el uso de la palabra, exprese los aspectos relevantes de dicho informe, eliminando en definitiva la discrecionalidad de la actual redacción del artículo, y se obtendrá el beneficio tanto del informe conforme a la ley, y el resumen o expresión de los aspectos relevantes del informe que deberá expresar directamente el Gobernador en la Sesión Solemne.

En lo referente a la glosa del informe, no se modificó la obligación legal de efectuar el análisis del informe del Gobernador por parte de los Legisladores, la cual debe realizarse de manera posterior a su presentación y a través de la comparecencia de los Secretarios y Directores del ramo correspondiente, pues contrario a su eliminación, se fortalece el sistema de rendición de cuentas y permite un mejor análisis y estudio, pues se garantiza su presentación por ambas vías, oral y escrita.

"En la actualidad una buena gobernanza radica en que la rendición de cuentas se realice públicamente con la presencia de distintos titulares de gobierno, para que se informe y justifique sobre las actividades de administración, así como el uso óptimo de los recursos públicos y los resultados obtenidos en beneficio de los nuevoleoneses, con apego irrestricto a criterios de eficacia, eficiencia, transparencia, legalidad y efectividad", comentó el Legislador en su exposición.

La modificación del artículo 57 de la Constitución, aprobado por unanimidad, quedó en los siguientes términos:

"ARTÍCULO 57.- Durante la primera quincena del mes de octubre asistirá invariablemente al Congreso el Gobernador, así como los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, y en Sesión Solemne, a la que convocará el propio Congreso, el Ejecutivo rendirá por escrito un informe sobre la situación y perspectivas generales que guardan el Estado y la Administración Pública, y en uso de la palabra expresará los aspectos relevantes del mismo. El Presidente del Congreso del Estado dará respuesta en términos generales al informe que rinda el Gobernador. En el año de la elección del Titular del Poder Ejecutivo, el informe deberá presentarse dentro los diez días anteriores al 4 de octubre."