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LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN

Capítulo Tercero De la Información Pública de Oficio

Artículo 9.- Salvo la información reservada o confidencial prevista en esta Ley, los sujetos obligados deberán poner a disposición del público, difundir y actualizar la información pública de oficio a que se refiere este capítulo. La publicación en Internet de la información contenida en el artículo 10 de la presente Ley deberá de difundirse durante los siguientes treinta días naturales, a partir de la fecha en que se generó la misma, señalando la fecha de su actualización y deberá permanecer en los portales oficiales cuando menos por un periodo de un año contado a partir de su publicación, concluido ese término deberá encontrarse disponible para su consulta ante los sujetos obligados.

INFORMACIÓN ACTUALIZADA A: NOVIEMBRE 2023

Artículo 10.- Los sujetos obligados deberán difundir en Internet la siguiente información:

FRACCIÓN
I
Su marco normativo completo que le sea aplicable a cada órgano, organismo o entidad, incluyendo sus reglamentos, decretos, circulares, código de ética y demás disposiciones de observancia general;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.

FRACCIÓN
II
Su estructura orgánica en un formato que permita vincular por cada eslabón de la estructura, las facultades y responsabilidades que le corresponden de conformidad con las disposiciones aplicables; Responsable de esta información: Tesorería.

FRACCIÓN
III
El directorio de los servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o equivalente, con nombre, domicilio oficial, números telefónicos y, en su caso, dirección electrónica oficial. Adicionalmente en el caso de los Titulares de cada autoridad, entidad, órgano u organismo, deberá publicarse la fotografía y el currículo.
Responsable de esta información: Tesorería.

La fotografía solo será publicada cuando medie el consentimiento expreso del servidor público, las de aquellos que realizan funciones relacionadas con la seguridad pública, la procuración y administración de justicia, así como los de ejecución de penas no será publicada;

FRACCIÓN
IV
La calendarización de las reuniones públicas de los diversos consejos, órganos colegiados, gabinetes, cabildos, sesiones plenarias, comisiones legislativas y sesiones de trabajo a que se convoquen. Para las reuniones ya celebradas, se deberán difundir, en un plazo no mayor a 30 días naturales, las correspondientes minutas o actas de dichas reuniones y sesiones, así como las listas de asistencia de sus integrantes;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.

FRACCIÓN
V
Una relación de los servidores públicos comisionados por cualquier causa, incluso de carácter sindical, indicando el objeto, lugar y duración de la Comisión;
Responsable de esta información: Tesorería


FRACCIÓN
VI
Un listado con los servicios que ofrece y los programas que administra, incluso los trámites para acceder a ellos y la población objetivo a quien van dirigidos;


El rubro contenido en la fracción VI, no es aplicable a este Poder Legislativo, en razón de que no es competencia del mismo prestar servicios o establecer programas encaminados a un cierto tipo de población; lo previo de conformidad con el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León. 


A quien corresponde establecer servicios o programas es al Poder Ejecutivo a través del Gobierno del Estado o bien a los Gobirenos Municipales.

FRACCIÓN
VII
Un listado de los programas de capacitación, el número de servidores públicos capacitados así como las evaluaciones de los mismos;
Responsable de esta información: Tesorería.


FRACCIÓN
VIII
Los planes de desarrollo, vinculados con sus programas operativos anuales y sectoriales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión deberá difundirse, además, su método de evaluación, así como una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento;

El rubro relativo a la fracción VIII versa sobre diversas cuestiones de planes de desarrollo, lo cual no aplica a esta Autoridad, pues de conformidad con el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, no nos corresponde emitir planes de desarrollo, ni contamos con presupuesto para ser asignado a indicadores de gestión.

FRACCIÓN
IX
Una lista con el importe por concepto de viáticos, gastos de representación y alimentación, donde se vinculen estos gastos mensuales al servidor público que los ejecutó con motivo de su encargo o comisión;
Responsable de esta información: Tesorería.


FRACCIÓN
X
La nómina mensual para la retribución de los servidores públicos con expresión del nombre completo, cargo y la remuneración, presentándose esta última en forma neta y bruta, debiéndose de adicionar en su caso, la información relativa a cualquier deducción, percepción, prestaciones y compensaciones que reciban con respecto al ejercicio de su responsabilidad;
Responsable de esta información: Tesorería.

FRACCIÓN
XI
El contrato colectivo de trabajo vigente con el Sindicato de Burócratas;
Responsable de esta información: Tesorería.



FRACCIÓN
XII
La relación analítica mensual de pagos hechos a contratistas, proveedores, prestadores de servicios por honorarios pagados a profesionistas, gastos en comunicación social, representaciones, asesorías y en general todas las erogaciones que por cualquier concepto se realicen, que incluya el número de control, nombre, razón o denominación social, breve descripción del gasto y monto pagado incluyendo el Impuesto al Valor Agregado;
Responsable de esta información: Tesorería.

FRACCIÓN
XIII
Respecto de los contratos o convenios celebrados por el sujeto obligado, un listado que relacione el número de contrato, su fecha de celebración, el nombre o razón social del contratante o proveedor y, en su caso, el monto del valor total de la contratación;
Responsable de esta información: Tesorería.

FRACCIÓN
XIV
Respecto de las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones se deberá publicar su objeto, el nombre o razón social del titular, el tipo de licencia, permiso, concesión o autorización, así como si el procedimiento involucra el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos;

Los rubros correspondientes a las fracciones XIV y XVII, no son aplicables a esta Soberanía, pues dentro de las atribuciones que nos concede el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, no se encuentra el otorgamiento de ningún tipo de concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, por tal razón, nos es imposible contar la información que dichos rubros exigen.

FRACCIÓN
XV
Para al menos los últimos 5 ejercicios fiscales, la relativa al presupuesto asignado en lo general y por programas, así como los informes trimestrales sobre su ejecución y las fórmulas de distribución de los recursos, federales o estatales, a los municipios;
Responsable de esta información: Tesorería.

Informes Trimestrales

Presupuestos

FRACCIÓN
XVI
La base normativa relacionada a los subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la hacienda pública;



El rubro contenido en la fracción XVI no es aplicable a esta Autoridad, pues de conformidad con el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, el Congreso del Estado no tiene atribución para recaudar contribuciones, por lo tanto no cuenta con una base normativa para la otorgación de subsidios, estímulos y apoyos con cargo a la hacienda púbica.

FRACCIÓN
XVII
La relación mensual de autorizaciones, permisos, licencias y concesiones que se hayan otorgado, en el que se involucre el aprovechamiento de bienes, servicios o recursos públicos;


Los rubros correspondientes a las fracciones XIV y XVII, no son aplicables a esta Soberanía, pues dentro de las atribuciones que nos concede el artículo 63 de la Constitución Política del Estado de Nuevo León, no se encuentra el otorgamiento de ningún tipo de concesiones, licencias, permisos y autorizaciones, por tal razón, nos es imposible contar la información que dichos rubros exigen.

FRACCIÓN
XVIII
El padrón de proveedores;
Responsable de esta información: Tesorería.



FRACCIÓN
XIX
Las sentencias ejecutoriadas dictadas con motivo de las controversias entre poderes públicos, en que esté involucrado alguno de los sujetos obligados del Estado de Nuevo León; y
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.


FRACCIÓN
XX
Toda la información relativa a los recursos entregados a personas físicas y morales privadas, así como aquélla relativa al destino que se les dio a esos recursos.
Responsable de esta información: Tesorería.


Actualmente no contamos con información relativa a ésta Fracción (NOVIEMBRE 2023)

Artículo 12.- Además de lo señalado en el artículo 10 de esta Ley, el Poder Legislativo deberá publicar en su portal de Internet la siguiente información:

FRACCIÓN
I
Los nombres, fotografía y currículo de los legisladores, así como, en su caso, las comisiones o comités a los que pertenecen y las funciones que realicen en los órganos legislativos;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.


FRACCIÓN
II
La agenda legislativa;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.




FRACCIÓN
III
La votación obtenida en los dictámenes y acuerdos sometidos al Pleno y demás órganos de trabajo, con expresión de aquellos a favor, en contra y en abstención, referida con el nombre de quien lo haya emitido, salvo que sea votación secreta en términos de la Ley respectiva;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor y Centro de Estudios Legislativos.

FRACCIÓN
IV
Las iniciativas de Ley, decreto, acuerdos o cualquier otra disposición de carácter general presentada, la fecha en que se recibió, las Comisiones a las que se turne, y los dictámenes que, en su caso, recaigan sobre las mismas;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.


FRACCIÓN
V
Las iniciativas de Leyes, decretos y acuerdos aprobados por el Pleno o la Diputación Permanente;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.



FRACCIÓN
VI
El Diario de Debates;
Responsable de esta información: Oficialía Mayor.




FRACCIÓN
VII
Las dietas de los legisladores y las partidas presupuestales asignadas a los órganos del Congreso;
Responsable de esta información: Tesorería.



FRACCIÓN
VIII
Las convocatorias, actas, acuerdos y listas de asistencia de cada una de las comisiones y comités, así como del Pleno; y



FRACCIÓN
IX
Los demás informes que deban presentarse conforme a su Ley Orgánica.
Responsable de esta información como de la fracción anterior: Oficialía Mayor.